{"id":1245,"date":"2018-04-28T17:43:14","date_gmt":"2018-04-28T17:43:14","guid":{"rendered":"http:\/\/amicsdelcarme.com\/?p=1245"},"modified":"2019-10-24T15:28:21","modified_gmt":"2019-10-24T15:28:21","slug":"el-moviment-veinal-exigeix","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/amicsdelcarme.com\/es\/el-moviment-veinal-exigeix\/","title":{"rendered":"El moviment ve\u00efnal exigeix que la nova llei regule i limite els apartaments tur\u00edstics"},"content":{"rendered":"<h3><strong>Davant la imminent aprovaci\u00f3 de la Llei de Turisme i Hospitalitat de la Comunitat Valenciana<\/strong><\/h3>\n<h1><strong>El moviment ve\u00efnal exigeix que la nova llei regule i limite els apartaments tur\u00edstics<br \/>\n<\/strong><\/h1>\n<p>Empecemos por el principio: el turismo, la hosteler\u00eda y otros servicios asociados a los mismos son \u00e1reas de enorme importancia econ\u00f3mica y en t\u00e9rminos de empleo que representan en nuestra Comunidad m\u00e1s de un 13% del PIB.<\/p>\n<p>Sin negar y partiendo de esta premisa de ser conscientes de su importancia y de que se trata de un sector cuya viabilidad y calidad es necesario mantener, no es menos cierto que la actividad tur\u00edstica tiene m\u00faltiples y directas implicaciones en el d\u00eda a d\u00eda, y en la noche, de los vecinos y ciudadanos de nuestra tierra. No lo decimos nosotros: lo dicen los datos.<\/p>\n<p>M\u00e1s en concreto, la saturaci\u00f3n tur\u00edstica de determinados barrios tanto por hoteles como por apartamentos; y la aparici\u00f3n en nuestras ciudades y municipios de <strong>MILES DE APARTAMENTOS TUR\u00cdSTICOS SITUADOS DENTRO DE EDIFICIOS RESIDENCIALES, EN SITUACI\u00d3N IRREGULAR Y SIN QUE EXISTA NING\u00daN TIPO DE CONTROL<\/strong>, est\u00e1 planteando una serie de problemas y conflictos que es necesario tratar adecuadamente DE FORMA URGENTE. Es ahora que pueden aportarse soluciones, es ahora cuando a\u00fan estamos a tiempo de prevenir el problema.<\/p>\n<p>Para ilustrar esta problem\u00e1tica, bastan <strong>TRES DATOS<\/strong> de instituciones de absoluta y total solvencia que queremos compartir con los Ilustres diputados y diputadas:<\/p>\n<p><strong>1\u00ba.-<\/strong> El propio director de la Fundaci\u00f3n Turismo Val\u00e8ncia, Antonio Bernab\u00e9, se\u00f1al\u00f3 hace unas semanas en FITUR que en 2017 las pernoctaciones en apartamentos tur\u00edsticos AUMENTARON un 36% respecto a 2016;<\/p>\n<p><strong>2\u00ba.-<\/strong> Para el mismo 2017, un informe de la patronal hotelera EXCELTUR se\u00f1ala que el 61% de esas pernoctaciones se han hecho en inmuebles que antes eran residenciales; mientras, un informe de la UNI\u00d3N HOTELERA DE VALENCIA de 2017 establece que la rentabilidad de un alquiler tur\u00edstico frente a uno convencional en la ciudad de Val\u00e8ncia puede ser de hasta un 66% mayor;<\/p>\n<p><strong>3\u00ba.-<\/strong> Los informes anuales de los portales inmobiliarios IDEALISTA y FOTOCASA se\u00f1alan aumentos del 10% del precio del alquiler en la Comunitat Valenciana en 2017 respecto al 2016;<\/p>\n<p>Los procesos de turistificaci\u00f3n y gentrificaci\u00f3n, por la proliferaci\u00f3n de apartamentos vacacionales en situaci\u00f3n irregular, sin control y en edificios residenciales motivados por fondos especulativos y el <strong>USO COMO BIEN EMPRESARIAL DE LA VIVIENDA<\/strong> dada su alta rentabilidad, causa una serie de problemas de enorme gravedad si no se toman adecuadamente las medidas oportunas.<\/p>\n<p>Medidas y mejoras que perfectamente pueden -Y HAN DE- recogerse en esta ley, y que deben hacer frente a tres desaf\u00edos:<\/p>\n<p><strong>1\u00ba.-<\/strong> Aumento desaforado del precio de la vivienda al ser un bien de inversi\u00f3n o explotaci\u00f3n empresarial en vez de un BIEN FUNDAMENTAL: toda vivienda que se ofrece en alquiler tur\u00edstico es una vivienda que NO se ofrece en alquiler convencional a vecinos valencianos.<\/p>\n<p>Esta situaci\u00f3n, adem\u00e1s, INCUMPLE la Ley 2\/2017 de la funci\u00f3n social de la vivienda que aprobaron estas mismas Cortes hace un a\u00f1o AL PONER EN PELIGRO EL DERECHO A DISFRUTAR DE UNA VIVIENDA ASEQUIBLE, DIGNA Y ADECUADA: en un contexto, adem\u00e1s, de DESEMPLEO Y PRECARIDAD que hace m\u00e1s grave el aumento del precio de la vivienda;<\/p>\n<p><strong>2\u00ba.-<\/strong> Molestias e inseguridad a vecinos, provocando problemas de vecindad, ruido, orines y dem\u00e1s, donde un edificio no es de vecinos y personas que viven ah\u00ed de forma constante, si no de viajeros que entran y se van cada 2 o 3 d\u00edas y no entienden que un martes por la noche el resto de personas de ese edificio duermen para trabajar al d\u00eda siguiente, no est\u00e1n de viaje o fiesta;<\/p>\n<p><strong>3\u00ba.-<\/strong> Gentrificaci\u00f3n y turistificaci\u00f3n, que causan la p\u00e9rdida de identidad de barrio al sustituirse vivienda residencial por vivienda vacacional llevando a la \u201cexpulsi\u00f3n\u201d de residentes a otros barrios; sustituci\u00f3n del comercio tradicional por negocios de franquicias y multinacionales; y p\u00e9rdida del tejido asociativo y vecinal.<\/p>\n<p>Estos tres conflictos, de forma conjunta, y como ocurre en otras ciudades de nuestro entorno similares a Val\u00e8ncia, pueden convertir los centros de nuestros municipios y otras \u00e1reas costeras en aut\u00e9nticos PARQUES TEM\u00c1TICOS donde reina el turismo low cost y el descontrol;<\/p>\n<p>Estos datos no son balad\u00ed y han de interpretarse en relaci\u00f3n a otro hecho fundamental: que el turismo va a seguir aumentando.<\/p>\n<p><strong>TODOS LOS INFORMES, DATOS E INDICADORES DE TODOS LOS ORGANISMOS P\u00daBLICOS Y PRIVADOS SE\u00d1ALAN UNO TRAS OTRO QUE EN LOS PROXIMOS A\u00d1OS EL TURISMO VA A SEGUIR AUMENTANDO DE FORMA MUY INTENSA EN LA COMUNIDAD VALENCIANA<\/strong>.<\/p>\n<p>Por lo que a buen seguro los actuales conflictos van a aumentar en nuestras ciudades y municipios. Si no tomamos las medidas oportunas.<\/p>\n<p>Para paliar y prevenir esto, y sin perjuicio de otras regulaciones y medidas que son competencia de las entidades locales, esta Federaci\u00f3n de Asociaciones de Vecinos hace a los Ilustres diputados y diputadas las siguientes propuestas.<\/p>\n<p>Propuestas que se consideran <strong>VIABLES, RAZONABLES Y NECESARIAS<\/strong> para el equilibrio entre el disfrute de los vecinos y el disfrute de los visitantes en nuestra Comunidad, y que son:<\/p>\n<p><strong>1.- MAYOR CONTROL, REQUISITOS E IMPOSIBILIDAD DE DAR DE ALTA UN PISO SI NO CUMPLE LA NORMATIVA Y SI NO APORTA EL INFORME DE COMPATIBILIDAD DEL AYUNTAMIENTO.<\/strong><\/p>\n<p>Cuestiones que requieren de la modificaci\u00f3n de varios preceptos de la normativa reglamentaria reguladora de las viviendas tur\u00edsticas: \u201c<em>DECRETO 91\/2009, del reglamento regulador de los bloques y conjuntos de viviendas tur\u00edsticas\u201d<\/em> y<em> \u201cDECRETO 92\/2009 del reglamento regulador de las viviendas tur\u00edsticas en la Comunitat Valenciana\u201d <\/em>y que se traducen en DOS puntos concretos:<\/p>\n<p><strong>A- ENDURECER LOS REQUISITOS PARA DAR DE ALTA UN APARTAMENTO TUR\u00cdSTICO:<\/strong> Que la nueva ley establezca que, para que el registro auton\u00f3mico \u201cacepte\u201d el alta de un piso tur\u00edstico, con la declaraci\u00f3n responsable de inicio de actividad SEA NECESARIO PRESENTAR EL \u201cINFORME DE COMPATIBILIDAD URBAN\u00cdSTICA\u201d del ayuntamiento en concreto.<\/p>\n<p>De esta forma, si un apartamento tur\u00edstico NO ha obtenido el OK del ayuntamiento, NO se puede dar de alta ante turismo auton\u00f3mico ni, por tanto, funcionar (y en Valencia ciudad gran parte de los pisos tur\u00edsticos NO han obtenido ese informe y estar\u00edan cumpliendo el Plan General de Ordenaci\u00f3n Urbana).<\/p>\n<p>Con esta medida, un \u201crequisito previo\u201d y acci\u00f3n preventiva evita fraudes y pisos irregulares posteriores;<\/p>\n<p><strong>B- INSPECCI\u00d3N Y CONTROL SUFICIENTE Y ADECUADO: <\/strong>Que la ley recoja la necesidad de que se supervise y controle que los apartamentos tur\u00edsticos est\u00e1n cumpliendo los requisitos legales ya existentes y, m\u00e1s importante, que se controle que los pisos tur\u00edsticos est\u00e1n dados de alta en el Registro auton\u00f3mico de viviendas de uso tur\u00edstico bajo PENAS DE MULTA Y CIERRE;<\/p>\n<p>Con esta medida, la labor posterior y acci\u00f3n restaurativa de la legalidad evita fraude y pisos irregulares ya existentes;<\/p>\n<p><strong>2.-<\/strong> <strong>ZONIFICACI\u00d3N POR DENSIDAD DE VIVIENDAS TUR\u00cdSTICAS-POBLACI\u00d3N Y DEFINICI\u00d3N DE \u201cZONA TUR\u00cdSTICAMENTE SATURADA\u201d:<\/strong><\/p>\n<p>Se propone el desarrollo de una regulaci\u00f3n espec\u00edfica que contemple la zonificaci\u00f3n de estas actividades tur\u00edsticas y de alojamiento, con el objetivo de evitar la saturaci\u00f3n de zonas tur\u00edsticas en detrimento de la calidad de vida de los vecinos y del medio ambiente. De forma que con la zonificaci\u00f3n que se propone se garantice a todos los ciudadanos el acceso a la vivienda y evitar la econom\u00eda especulativa en torno al alquiler tur\u00edstico.<\/p>\n<p>Que se traduce en dos cuestiones concretas que la ley ha de hacer o permitir a las entidades locales en tanto ostentan las competencias en urbanismo, los instrumentos de ordenaci\u00f3n urban\u00edstica y la disciplina sancionadora en esa \u00e1rea:<\/p>\n<p><strong>A- <\/strong>Posibilitar, el estudio, dise\u00f1o y aprobaci\u00f3n de \u201cplanes de intervenci\u00f3n en \u00e1mbitos tur\u00edsticos\u201d que establezcan, entre otras cuestiones, la densidad global m\u00e1xima de poblaci\u00f3n, delimitar zonas y \u00e1mbitos tur\u00edsticos de protecci\u00f3n, fijar su tama\u00f1o y caracter\u00edsticas, y establecer par\u00e1metros m\u00ednimos de superficie, volumetr\u00eda, edificabilidad;<\/p>\n<p><strong>B-<\/strong> Definir qu\u00e9 se entiende por \u201cZONA TUR\u00cdSTICAMENTE SATURADA O DEGRADADA\u201d, en base a los anteriores par\u00e1metros y en tanto una zona sobrepase la capacidad tur\u00edstica m\u00e1xima que reglamentariamente se establezca, se registre una demanda causante de problemas medioambientales y de convivencia y habitabilidad entre vecinos y turistas;<\/p>\n<p>De forma que la vivienda tur\u00edstica y su zonificaci\u00f3n se realice teniendo en cuenta un factor esencial como lo es evitar la sobreexplotaci\u00f3n de recursos naturales, equipamientos e infraestructuras que ello puede llegar a generar, y, por tanto, que dicha zonificaci\u00f3n tenga en cuenta que esta modalidad tur\u00edstica ha de ser plenamente compatible con el uso racional o sostenible de los recursos naturales as\u00ed como con los equipamientos y dotaciones urbanas. Y la zonificaci\u00f3n ha de plantearse dando prioridad al uso residencial y evitando la especulaci\u00f3n con la vivienda habitual como consecuencia de la sobreexplotaci\u00f3n de la vivienda tur\u00edstica.<\/p>\n<p>Medidas, ambas, que recoge la <em>\u201cLey 6\/2017, de 31 de julio, de modificaci\u00f3n de la Ley 8\/2012, de comercializaci\u00f3n de estancias tur\u00edsticas en viviendas de las Islas Baleares\u201d.<\/em><\/p>\n<p><strong>3.- PROHIBICI\u00d3N DE ALQUILAR TUR\u00cdSTICAMENTE UNA VIVIENDA EN UN EDIFICIO RESIDENCIAL, SALVO LO PERMITA SU COMUNIDAD DE VECINOS.<\/strong><\/p>\n<p>Aprobar expresamente que, cuando se trate de viviendas sometidas al r\u00e9gimen de propiedad horizontal, solo podr\u00e1n comercializarse como viviendas vacacionales aquellas situadas en edificios cuyos estatutos de la Comunidad de propietarios lo autoricen expresamente.<\/p>\n<p>Medida que ya est\u00e1 aprobada en otras regiones espa\u00f1olas como la Canaria a trav\u00e9s del<em> \u201cDECRETO 113\/2015, de 22 de mayo, del Reglamento de las viviendas vacacionales de las Islas Canarias\u201d.<\/em><\/p>\n<p><strong>4.-<\/strong><strong> OBLIGAR A LAS PLATAFORMAS DIGITALES A OFERTAR PISOS LEGALES Y COLABORAR EN EL CONTROL DE APARTAMENTOS IRREGULARES, BAJO PENA DE SANCI\u00d3N ECON\u00d3MICA.<\/strong><\/p>\n<p>Todo piso tur\u00edstico que consta en una plataforma digital se ofrece en alquiler como legal, pero no todo piso que anuncia una plataforma est\u00e1 dado de alta ni cumple la normativa.<\/p>\n<p>Aparte de a trav\u00e9s de un cuerpo de inspectores suficiente, con medios y capacitado para controlar esto, facilitar\u00eda mucho la labor inspectora introducir en la ley un art\u00edculo que obligue a las plataformas a DOS cosas:<\/p>\n<p><strong>1.-<\/strong> Solicitar al registrar en la web y anunciar un piso que sea necesario y obligaci\u00f3n acreditar fehacientemente el n\u00famero de licencia y alta legal de ese piso tur\u00edstico;<\/p>\n<p><strong>2.-<\/strong> Ceder los datos de titulares de ofertas de apartamentos a la administraci\u00f3n auton\u00f3mica, de forma que de forma sencilla y \u201ccruzando datos\u201d pueda comprobarse por la administraci\u00f3n si ese piso tur\u00edstico est\u00e1 o no dado de alta.<\/p>\n<p>Obligaciones para las plataformas bajo pena de multa o cese de actividad en tanto infracci\u00f3n muy grave a introducir expresamente en el actual art\u00edculo 90 de la ley.<\/p>\n<p>Obligaciones que van en la misma l\u00ednea a lo que recientemente ha introducido a nivel nacional el <em>\u201cDecreto 1070\/2017, del Ministerio de Hacienda, por el que se modifican el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gesti\u00f3n e inspecci\u00f3n tributaria\u201d,<\/em> por el cual las plataformas han de facilitar a la Agencia Tributaria los datos e ingresos de los oferentes de pisos tur\u00edsticos para controlar que estos oferentes est\u00e1n declarando y pagando sus impuestos.<\/p>\n<p><strong>5.- DIFERENCIAR ENTRE ALQUILER \u201cCOMPARTIDO O COLABORATIVO\u201d Y ALQUILER \u201cPROFESIONAL Y EMPRESARIAL\u201d:<\/strong><\/p>\n<p>Incluyendo una nueva categor\u00eda de \u201cvivienda compartida\u201d que permita DE UNA VEZ ACABAR CON EL FRAUDE de la falsa \u201ceconom\u00eda colaborativa\u201d, y que los vecinos y las personas que hacen \u201ceconom\u00eda colaborativa\u201d se puedan beneficiar del turismo de forma hospitalaria y directa sin perjudicar al resto de ciudadanos, en dos sentidos:<\/p>\n<p><strong>A- <\/strong>Si se alquila el PISO ENTERO, un m\u00e1ximo de 60 noches al a\u00f1o;<\/p>\n<p><strong>B-<\/strong> Si se alquila UNA \u00daNICA HABITACI\u00d3N (m\u00e1s de una habitaci\u00f3n ya es un hostel) siempre y cuando el titular de la vivienda resida en la misma (con certificado de empadronamiento), sin l\u00edmite de noches al a\u00f1o;<\/p>\n<p>Pero, obviamente, esto tiene sentido incluirlo SI SE CONTROLA Y LUCHA CONTRA TODOS LOS PISOS IRREGULARES que no cumplen con las normas y causan molestias a los vecinos.<\/p>\n<p>Medidas que recogen, entre otras normativas, la <em>Ley 8\/2012 del Turismo de las Illes Balears<\/em> tras la reforma hecha por la <em>Ley 6\/2017 relativa a la comercializaci\u00f3n de estancias tur\u00edsticas en viviendas<\/em>; y que est\u00e1n estudiando diferentes administraciones como el Ayuntamiento de Madrid o el de Valencia.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de lo anterior, otra cuesti\u00f3n que el anteproyecto de ley deber\u00eda recoger es la incorporaci\u00f3n de los vecinos, en tanto personas hospitalarias encargadas de la acogida de turistas y visitantes, en el Consejo Valenciano de Turismo y en los Consejos Locales de Turismo, en tanto organismos encargados de tratar los retos y conflictos del sector.<\/p>\n<p>En CONCLUSI\u00d3N, y una vez explicadas la justificaci\u00f3n y medidas concretas que desde la Federaci\u00f3n de Asociaciones de Vecinos de Valencia pensamos que ha de recoger la ley para controlar y evitar la proliferaci\u00f3n de apartamentos vacacionales <strong>EN SITUACI\u00d3N IRREGULAR, SIN CONTROL Y EN EDIFICIOS RESIDENCIALES,<\/strong> volver a reiterar que se tratan todas ellas de medidas que ya existen en otras regiones y ciudades tur\u00edsticas de nuestro entorno, y que son <strong>VIABLES, RAZONABLES Y NECESARIAS<\/strong> para mantener el equilibrio entre el disfrute de los vecinos y el disfrute de los visitantes en nuestra Comunidad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Davant la imminent aprovaci\u00f3 de la Llei de Turisme i Hospitalitat de la Comunitat Valenciana El moviment ve\u00efnal exigeix que la nova llei regule i limite els apartaments tur\u00edstics Empecemos por el principio: el turismo, la hosteler\u00eda y otros servicios asociados a los mismos son \u00e1reas de enorme importancia econ\u00f3mica [&#8230;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1179,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[42,38],"tags":[64],"class_list":["post-1245","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-el-barri","category-urbanisme","tag-veinat-en-perill-dextincio"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/amicsdelcarme.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1245","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/amicsdelcarme.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/amicsdelcarme.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amicsdelcarme.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amicsdelcarme.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1245"}],"version-history":[{"count":4,"href":"https:\/\/amicsdelcarme.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1245\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3347,"href":"https:\/\/amicsdelcarme.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1245\/revisions\/3347"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amicsdelcarme.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1179"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/amicsdelcarme.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1245"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/amicsdelcarme.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1245"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/amicsdelcarme.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1245"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}