Amics del Carme y la FAAVV presentan alegaciones a la modificación del PEP de Ciutat Vella que tramita Urbanismo

Proponen medidas para revertir la turistificación, recuperar viviendas y espacio público

El Ayuntamiento de València tramita una modificación del Plan Especial de Protección de Ciutat Vella para limitar las viviendas de uso turístico en Ciutat Vella y eliminar la figura del alquiler turístico ocasional, una medida necesaria pero totalmente insuficiente si el propósito es recuperar residentes con arraigo en los barrios históricos.

En la exposición de motivos por la que se justifican los cambios que se quieren introducir en el plan de usos urbanísticos, se dibuja una situación extremadamente crítica de terciarización pues se afirma en este documento que hay un problema de saturación turística de facto en Ciutat Vella con un impacto claro en la vivienda residencial de alquiler, muy superior al impacto que tiene este fenómeno en ciudades como Madrid o Barcelona; en barrios como el Mercat, se afirma, por ejemplo, que hay más plazas hoteleras que residentes.

En nuestras alegaciones señalamos que consideramos muy oportuna y absolutamente necesaria las modificaciones que se proponen al vigente Plan Especial de Protección en lo relativo a la regulación de las actividades terciarias hoteleras y de ocio en el ámbito de Ciutat Vella.

En coherencia con la exposición de motivos de la memoria justificativa en la que se señala la gravedad de la turistificación que padece Ciutat Vella y la acentuación de la tendencia hacia terciarización hotelera que continua en los últimos dos años (16% más en el último año), consideramos que deben ampliarse las medidas restrictivas sobre la actividad turística, pues si bien el crecimiento exponencial de las viviendas de uso turístico son parte importante del problema, no son la única causa.

Consideramos que deben reseñarse también como parte del problema a corregir las dos docenas largas de licencias de instalaciones hoteleras en trámite, así como la pérdida de viviendas residenciales en los proyectos urbanísticos de la UE4 de Velluters (o Exarchs) y del hotel en la calle Roteros 25 y 23 (Casa Vella). Estas actividades son relevantes en los problemas de gentrificación identificados y se deben evitar e incluso revertir sus efectos.

Consideramos que debería reseñarse también el hecho de la existencia de la declaración ZAS (zona acústicamente saturada) vigente que afecta a casi la quinta parte del distrito, y precisamente en los barrios mas turistificados como el Mercat, el Carme o Velluters, donde los problemas de ruido, suciedad y saturación del espacio público están comprobados documentalmente.

Consideramos que debe reseñarse también como problema, y por tanto limitarse, la excesiva proliferación de comercios de comida para llevar, de alquileres de bicicletas y patinetes y tiendas de conveniencia.

Consideramos desproporcionado y abusivo el uso comercial del espacio público actual y que deben señalarse límites a esta ocupación tanto desde el punto de vista del aforo permitido en su interior (2,4 m2 x persona sentada) como de la ocupación del dominio público (siempre inferior al 50% del espacio público disponible)

Por consiguiente, consideramos que las medidas restrictivas no deben limitarse a los apartamentos o viviendas en régimen de explotación hotelera, sino ampliarse a aquellas otras actividades que también son causa de desarraigo y pérdida de población como la transformación de edificios singulares en hoteles a costa de fagocitar las parcelas contiguas, o la aparición de numerosas modalidades de alojamiento bajo la “etiqueta” de residencia de estudiantes.

Finalmente, queremos señalar que se debe precisar y definir con meridiana claridad la modalidad la unidad de vivienda regulada en el art. 65 de la Ley de Turismo, Ocio y Hospitalidad y su relación con el ordenamiento preexistente de usos terciarios hoteleros previsto en el PGOU.

En consecuencia, proponemos para el ámbito residencial las modificaciones siguientes en el PEP de Ciutat Vella:

  • Declarar incompatibles tanto los apartamentos turísticos como el uso residencial comunitario, en la modalidad de residencia de estudiantes.
  • Prohibir la transformación de edificios singulares en hoteles y que se puedan terciarizar las parcelas o edificios colindantes
  • Precisar la redacción del concepto de vivienda turística (Tvt) como una variante de la modalidad hotelera Tho1
  • Limitar la ocupación del dominio público para usos comerciales y las actividades de ocio y recreativas.

Por otra parte, y finalmente, de nada serviría limitar la actividad de los apartamentos turísticos si paralelamente no se persigue la actividad “ilegal” de los no menos 2.500 apartamentos turísticos (según la patronal del sector) que actualmente funcionan sin licencia.

El ayuntamiento podría recuperar para el alquiler residencial estas viviendas turísticas e intervenir de este modo en la oferta.


Los documentos se encuentran accesibles en los siguientes los enlaces siguientes:

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